Actualización de las negociaciones entre la UE y Reino Unido
En las últimas semanas se ha llevado a cabo la última ronda de negociaciones mantenidas entre los representantes de la Unión Europea y Reino Unido, equipos liderados por el británico David Frost y por el francés Michel Barnier, tras la cual ambos líderes han llegado a la conclusión de que “persisten serias diferencias”.
Tras la fecha clave del 30 de junio de 2020, plazo límite para que Reino Unido hubiera pedido una extensión del período de transición, sin que finalmente el Reino Unido la haya solicitado, la ronda de negociaciones que debía terminar el 3 de julio, finalizó un día antes entre profundas diferencias en ambos lados de la mesa.
Una de las mayores diferencias entre ambos bloques está en las ayudas de Estado, una serie de garantías de que el Reino Unido no va a hacer una competencia desleal a la Unión Europea, con una fiscalidad ventajosa, rebajando los estándares medioambientales o flexibilizando las ayudas de Estado.
De aquí al 31 de diciembre de 2020 (fecha en la que finaliza el periodo de transición), hay dos fechas claves para el futuro del acuerdo entre ambos bloques, el 15 de octubre, cuando tendrá lugar una reunión del Consejo Europeo, y el 26 de noviembre de 2020, fecha límite de presentación de un acuerdo entre ambos bloques, para su aprobación.
A día de hoy, y con la coyuntura mundial en la que nos encontramos, pensamos que es cada día más difícil que ambos bloques lleguen a un acuerdo antes del 26 de noviembre de 2020, por lo menos en materia de cooperación judicial y policial. Por otro lado, la Unión Europea es de la opinión que el Reino Unido quiere acogerse a todas las ventajas de pertenecer a un mercado único, como que firmas financieras situadas en Londres sigan operando libremente, sin que se acojan a la normativa comunitaria.
Así, en las reuniones mantenidas por ambos bloques a principios de mes, Michel Bernier desatendió los deseos del Reino Unido, que proponía permitir operar como hasta ahora a las firmas financieras de la City, con sus empleados realizando business trips libremente entre Reino Unido y la UE.
Según Bernier, “the proposals could even create a significant risk of avoiding regulation altogether. There is no way member states or the European Parliament would accept this! The U.K. would like to make it easy to continue to run EU businesses from London, with minimal
operations and staff on the continent.”
En nuestra opinión, hoy en día lo más probable es la posibilidad de que se llegue a un acuerdo básico sobre materia comercial, y que otros asuntos más complejos y ambiciosos se sigan discutiendo una vez Reino Unido abandone la Unión Europea de manera permanente.
Mientras tanto, seguiremos a la espera de que se lleve a cabo la siguiente ronda de negociaciones y veremos si estas siguen estancadas o, para bien de todos, se alcancen avances significativos y aterrizados.
Iván Sáez Fuertes, Associate Partner de EY Abogados
Adriana Agudo Martin, Staff/Assistant de EY Abogados.
Situación en la frontera
España ha incorporado la lista de 15 países siguiendo la Recomendación del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción, de 30 de junio, con las siguientes matizaciones:
- Por lo que se refiere al listado de terceros países, la referencia se ha de entender hecha a la residencia en ellos, no a la posesión de la nacionalidad de esos países.
- El levantamiento de restricciones no se debe considerar de efecto inmediato, sino que se someterá a criterios de progresividad reciprocidad. Por tal motivo, se incluye en dicha orden el listado completo de países que consta en la Recomendación del Consejo, objetivo al que se pretende llegar progresivamente.
Esta orden entra en vigor a las 00:00 del 4 de julio (derogando la orden de 29 de junio) y estará vigente hasta las 24:00 del 31 de julio. Durante su validez se podrá actualizar la lista de países.
Es importante señalar que con la entrada en vigor de la Orden INT/578/2020, de 29 de junio, los ciudadanos de la Unión y sus familiares, y los demás beneficiarios del derecho a la libre circulación, ya quedaron fuera del ámbito de aplicación de las restricciones temporales en las fronteras exteriores españolas.
Además, establece que toda persona nacional de un tercer país será sometida a denegación de entrada, por motivos de orden público o salud pública, salvo que pertenezca a una de las siguientes categorías:
a) Residentes en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino.
b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen.
c) Trabajadores transfronterizos.
d) Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
e) Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
f) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
g) Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado.
h) Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
i) Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
j) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
k) Trabajadores de temporada del sector agrícola.
l) Residentes en los países que figuran en el anexo. En el caso de los residentes de Argelia, China y Marruecos, sujetos al principio de reciprocidad. Por resolución de la persona titular del Ministerio del Interior, se podrá modificar este anexo.
Patricia Contreras García – Asociada TAX PS-GMS KPMG
Certificado Registro UE – Británicos en España – BREXIT
KPMG comparte la Instrucción conjunta de la Dirección General de Migraciones y de la Dirección General de la Policía por la que se determina el procedimiento para la expedición del documento de residencia previsto en el artículo 18.4 del acuerdo de retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
La Nueva Convivencia Social en Perú
EMS comparte hoy un anexo sobre el Decreto Supremo 116-2020-PCM publicado por el Gobierno Peruano el pasado 26 de junio que establece nuevas medidas a observar por los ciudadanos con la finalidad de lograr la Nueva Convivencia Social a partir del 01 de julio de 2020.
De igual modo, el Decreto prorroga el estado de emergencia nacional hasta el 31 de julio de 2020 y dictamina el inicio de la fase 3 del proceso de Reactivación Económica.
“WebiAsamblea”, 25 de junio
2020 está siendo un año diferente. Un año que nos ha puesto a prueba tanto en nuestra vida laboral como en la personal. Por ello, este 2020, después de sopesar todas posibilidades al alcance de nuestra mano, el FEEX llegó a la conclusión de que la Asamblea General de socios de este año, no tendría otro modo de ser, que aquel al que ya todos nos hemos acostumbrado. El FEEX celebraría su primera Asamblea Virtual, la “WebiAsamblea” el 25 de junio.
La jornada comenzó con la incorporación de los socios a la plataforma online. Después de unos pequeños ajustes de cámara y micrófono comenzaron los saludos y “reencuentros” entre los socios.
Una vez incorporados todos, el Presidente, Antonio Naz agradeció la asistencia de los presentes y tuvo unas palabras de ánimo ante la situación de crisis sanitaria vivida en los últimos meses, donde recalcó la importancia de la participación de los mismos para la Comunidad FEEX.
Una vez concluida la parte asociativa, aprobándose los puntos del orden del día, el acta del pasado 22 de noviembre y el Informe de Auditoría y Cuentas Anuales del ejercicio 2019 de la mano del Vicepresidente, Javier Cea, se unieron a la reunión los socios asesores e invitados institucionales.
En este punto de la jornada, la Secretaria General, Ángeles González-Vigil presentó al Director General de Migraciones, Don Santiago Yerga Cobos, quien trasladó su visión del futuro de la migración, “una migración regular, ordenada y segura con una mejora de la gestión, simplificando los procedimientos, mejorando las comunicaciones telemáticas con un sistema de ventanilla única e incorporando los nuevos modelos de trabajo” en palabras del Director General de Migraciones.
Tras agradecer la intervención de Don Santiago Yerga, y la disposición tan abierta de esa Dirección General a recibir las sugerencias que desde el FEEX podamos hacerle para reforzar la atracción del talento y ayudar a la reconstrucción económica a través de una identificación clara y precisa de los sectores estratégicos la Secretaria General comparió los avances en los Proyectos Estratégicos que se están trabajando durante este año, tales como una revisión de las incidencias en los procesos en la movilidad internacional con destino España (Ley 14/2013), Solicitudes de los Certificados de Cobertura de la Seguridad Social. Transposición de la tercera directiva sobre el desplazamiento de trabajadores, Convenio de la Seguridad Social para el desplazado internacional y Fiscalidad 2020.
El proyecto transversal de Teletrabajo Internacional fue presentado por la Vicepresidenta, Maite Rivero, destacando la gran participación de los socios, 44 personas, 15 socios y más de 30 reuniones mantenidas desde primeros de marzo. Reforzando la necesidad de elaborar un Libro Blanco que sea un análisis de esta materia en el ámbito Migratorio, Laboral y Seguridad Social, Fiscal y Mejores Prácticas, referente en el ámbito de la movilidad internacional de personas en España.
Maite agradeció la implicación de todos los participantes y dio paso a los coordinadores de este proyecto, Susana Burgueño de Deloitte Legal y Roberto Gomez de Repsol quienes compartieron el alcance del proyecto presentando la definición consensuada con todos los grupos de Teletrabajo Internacional, base de todo el análisis.
A continuación, cada responsable de grupo presentó el índice del Libro Blanco en su ámbito de estudio, Migraciones, Ana Garicano de Sagardoy Abogados, Laboral y Seguridad Social, Álvaro Fernández de Cuatrecasas, Fiscal, Patricia Jones de Banco Santander y Mejores Prácticas. María González de Michelena de Cepsa.
Antonio Naz clausuró la Asamblea dando a los presentes las gracias por su participación y comunicando la posibilidad de realizar un encuentro presencial con los socios con motivo de la segunda edición de los Premios FEEX Avanza el próximo 17 de septiembre siempre y cuando la situación lo permita.
¡Gracias Comunidad FEEX!
Protección europea de los trabajadores transfronterizos y estacionales. Crisis COVID-19
MUST Consulting comparte la resolución que aprobó el PE, el pasado 19 de junio, sobre las lecciones extraídas de los cierres fronterizos por la pandemia y sus efectos negativos para la movilidad de trabajadores de la UE como; malas condiciones de trabajo, falta de seguridad social, malas condiciones de vida, falta de atención médica, etc.
Medidas adoptadas por el Gobierno de España y la UE ante la crisis sanitaria provocada por la pandemia COVID-19
Cámara de Comercio de España comparte hoy una recopilación actualizada de las medidas adoptadas hasta la fecha en el ámbito económico por el Gobierno de España y la Unión Europea para mitigar el impacto del coronavirus en la actividad económica:
- Recopilación de medidas adoptadas por el Gobierno de España ante la crisis sanitaria provocada por la pandemia Covid-19.
- Iniciativas de la UE para apoyar a la Economía y a las PYMES en la crisis del COVID19.
- Recopilación previsiones económicas
- Publicado en De Interés, Noticias, Opinión
Alerta Migratoria: EEUU
Como se venía comentando desde hace unas semanas, el 22 de junio, el presidente Trump emitió un mandato que restringirá la entrada a personas portadoras de visados de categorías H-1B, H-2B, L y J.
Esta restricción es aplicable a todo aquel que, a día de hoy, 24 de junio de 2020, no tenga un visado válido. Aquellas personas que obtuvieran una visa de las categorías mencionadas antes de dicha fecha deberían estar exentas de este mandato.
Por otro parte, aquellos portadores de este tipo de visado que estén en Estados Unidos deberían evitar viajar siempre que no sea estrictamente necesario. Del mismo modo, a aquellos que se encuentren en el extranjero y tengan un visado válido de estas categorías, deberían retornar a Estados Unidos lo antes posible, por riesgo de cierre de frontera.
Adjuntamos dos links de nuestros socios asesores EY y Santa Fe Relocation que tratan sobre estos temas.
Nuevas restricciones migratorias a Estados Unidos
EMS comparte una nota informativa sobre las nuevas restricciones migratorias a EEUU en lo referente a visados y trámites migratorios.
Situación actual de las negociaciones entre la UE y Reino Unido
Mientras que Michael Gove ha definido la última ronda de negociaciones como “constructivas”, también ha explicado que hay “diferencias significativas de principios” y que “está siendo difícil llegar a un acuerdo mutuo beneficioso para ambas partes”.
Por otro lado, el negociador de la UE, Michael Barnier, ha advertido que las demandas de Reino Unido “no son realistas”.
El Gobierno de Reino Unido ha reiterado en distintas ocasiones que no tiene la intención de pedir una prórroga del período de transición, y que si no se llegara a acuerdo antes de la finalización del plazo, Reino Unido pasaría a comerciar con la UE con las reglas de la Organización Mundial del Comercio (lo que muchos expertos auguran que dañaría enormemente la economía de Reino Unido).
Reino Unido ha presentado 13 documentos, donde establecen su enfoque para las futuras relaciones con la UE, con un esbozo de un acuerdo de libre comercio, basado en previos acuerdos de la Unión Europea con países como Canadá, Japón o Corea del Sur. También han propuesto acuerdos separados para temas relacionados con la pesca, aplicación de leyes o áreas técnicas como aviación, energía o cooperación nuclear civil, entre otras.
Por su lado, la Unión Europea ha contestado que no quieren “copiar y pegar” aspectos de acuerdos vigentes con otros países o llegar a acuerdos distintos para cada sector basados en precedentes pasados. A lo cual Reino Unido ha contestado que no entiende qué tiene su país de diferente que no se le pueda ofrecer las mismas condiciones que se han ofrecido a otros países en el pasado.
El mayor problema con el que se encuentran ambos bloques es la falta de tiempo. Pero las negociaciones avanzan despacio en medio de la mayor crisis sanitaria y económica que vive Europa en 100 años, hay multitud de asuntos abiertos, incluido el contagio por coronavirus del negociador de la UE, Michel Barnier, y el 31 de junio es la fecha tope para que Londres pida una prórroga y extienda el periodo de transición más allá del 31 de diciembre de 2020. Y sigue sin haber grandes avances desde el primer día en cuestiones fundamentales, sobre todo en las condiciones que la UE quiere que Reino Unido acepte a cambio de un acuerdo comercial, en la pesca y en el papel de los tribunales de la UE.
La semana que viene comenzará la nueva ronda de negociaciones, aunque ambas partes tienen claro que un acuerdo entre ambos bloques está cada vez más lejano.
Aunque no se llegue a un acuerdo comercial, parece que esto no afectará a la movilidad de los ciudadanos de la Unión Europea y Reino Unido, ya que habían confirmado que desde enero de 2021, las leyes migratorias de Reino Unido aplicarán de igual manera a ciudadanos de la UE y a los del resto del mundo.
Si tenemos que mojarnos, apostamos por una extensión del período transitorio, por dos razones unidas bajo un mismo cordón: porque ya antes de estallar la crisis del Covid-19 se dejaba entrever que el plazo de negociación de 11 meses era insuficiente; y porque sin lugar a dudas esta pandemia va a retrasar (ya lo ha hecho) y ralentizar las negociaciones. ¿O no habrá otros asuntos humanitarios, económicos y sociales que priorizar sabiendo que ahí mismo está el pulsador que nos otorgue 1 o 2 años más de período transitorio? En todo caso, en el plazo máximo de un mes lo sabremos.
Iván Sáez Fuertes
People Advisory Services – EY