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Efectos del Estado de Alarma en los Procesos de Extranjería Abiertos y en Proceso

Lunes, 23 marzo 2020 por laura.martin

El pasado 18 de marzo, la Dirección General de Migraciones se pronunció, a través del correspondiente Comunicado en relación con la suspensión de los plazos administrativos recogidos en la Disposición Adicional Tercera y Cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

El contenido del comunicado deja perfectamente entre ver la voluntad de la Dirección General de Migraciones por evitar perjuicios adicionales sobre los perjudicados en materia de extranjería, dado el contexto de emergencia sanitaria en el que nos encontramos y teniendo en cuenta los recursos públicos de los que dispone la Administración ante dicho contexto.

La Administración se pronuncia sobre qué esperar o cómo proceder ante los diferentes procedimientos abiertos durante el estado de alarma.  A continuación describimos las medidas caso a caso:

  • Solicitudes presentadas antes del 14 de marzo con propuesta de resolución favorable, serán resueltos por la Administración de manera telemática, aun con los plazos en suspenso.
  • Solicitudes presentadas antes del 14 de marzo al amparo de la Ley 14/2013 (ley de emprendedores) y que hubieran caído en silencio positivo antes de la citada fecha: se emitirá la resolución estimatoria para evitar mayores perjuicios.
  • Solicitudes presentadas (iniciales o renovaciones) antes del 14 de marzo con propuesta de resolución desfavorable o archivo: se paralizarán los procedimientos y recursos atendiendo a lo establecido en el RD 463/2020.
  • Serán aceptados aquellos documentos exigibles en el procedimiento y cuya vigencia haya expirado durante la actual situación de excepcionalidad.
  • Se suspenden de los plazos de expiración de las estancias (negocios, turismo, estudiantes) de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible a consecuencia de la emergencia sanitaria internacional derivada del coronavirus.
  • Solicitudes presentadas (iniciales o renovaciones) después del 14 de marzo:  se impulsarán todos los trámites del procedimiento en la medida en que ello sea posible sin causar perjuicios de los interesados (en caso de requerimiento se suspenderá el plazo salvo que el interesado pueda aportar la documentación requerida, que se continuará con el trámite sin que la Administración esté sujeta a plazos legales)
  • En el caso de las solicitudes cuya tramitación corresponde a las Oficinas de Extranjería, dichas solicitudes podrán ser presentadas telemáticamente a través de la plataforma correspondiente con la firma electrónica de interesado o representante debidamente autorizado. Aun presentando telemáticamente, se podrá paralizar la tramitación del expediente, por requerir la comparecencia del interesado y, por tanto, paralizarlo hasta el levantamiento de las medidas del estado de alarma.

Podemos decir que, sin olvidar la suspensión de los plazos durante el estado de Alarma, la Dirección General de Migraciones se posiciona cerca de los ciudadanos extranjeros, impulsando todos los procedimientos que pudieran llegar a término de manera telemática y con resolución favorable.

Ahora bien, el propio Comunicado anticipa la posible acumulación de casos durante la situación de excepcionalidad, en cuyo caso se optaría por la ampliación de plazos por parte de la propia Administración.

Irene Martín – Immigration Director Southern Europe Cluster, Santa Fe Relocation

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FEEX en remoto

Martes, 17 marzo 2020 por laura.martin

El FEEX siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias y para colaborar en la contención del virus COVID-19, ha decidido no realizar actividades presenciales hasta nuevo aviso de las autoridades competentes.

Mantendremos toda nuestra actividad a través de reuniones telefónicas para los Laboratorios de Movilidad que ya están constituidos en los que esperamos seguir contando con tu participación. Los Laboratorios son los siguientes:

  • Posting of Workers Directive
  • Seguimiento Brexit
  • Teletrabajo Internacional (proyecto transversal : Migraciones, Laboral y Seguridad Social, Fiscal y Benchmarking)
  • Prevención de Riesgos Laborales

Asimismo, continuamos trabajando desde el ámbito Institucional en los siguientes proyectos estratégicos 2020:

  • Ley de Emprendedores
  • Certificados de Cobertura de la Seguridad Social
  • Convenio de la Seguridad Social desplazados internacionales

Seguiremos compartiendo con la Comunidad FEEX toda la información de interés y relevante que vaya surgiendo.

 

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Reino Unido, período legislativo transitorio

Miércoles, 05 febrero 2020 por laura.martin

EY, uno de nuestros socios asesores del Laboratorio de Movilidad sobre el Brexit comparte con la Comunidad FEEX  los temas más significativos como consecuencia de la salida de Reino Unido de la Unión Europea.

El pasado 31 de enero el Reino Unido abandonó la Unión Europea. Sin embargo, nos encontramos en un período legislativo transitorio de abandono de la Unión hasta el próximo 31 de diciembre de 2020.

Destacamos los aspectos más relevantes en materia de Impuesto sobre la Renta, Seguridad Social y Migratoria como consecuencia de la salida del Reino Unido de la Unión Europea.

Repercusiones Fiscales

En materia fiscal, para aquellos empleados considerados no residente fiscales en España que tributan en nuestro país solamente sobre aquellas rentas de fuente española, la Administración Tributaria Española ha indicado, en relación con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que hasta el 31 de diciembre de 2020 se seguirán aplicando las mismas reglas que hasta ahora, es decir, las que actualmente le resultan aplicables como Estado miembro de la Unión Europea. Así, y, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2020:

  • En relación con las rentas gravadas al tipo general de gravamen (como son los rendimientos del trabajo), seguirá siendo aplicable el tipo de gravamen general del 19%, propio de los residentes de la Unión Europea.
  • Asimismo, los empleados se podrán deducir los gastos previstos en el artículo 24.6 TRIRNR (artículo conforme al cual los contribuyentes residentes en otro Estado de la Unión Europea, personas físicas, pueden deducir los gastos previstos en la Ley de IRPF), en sus declaraciones modelos 210 (en relación con rentas del trabajo u otras rentas obtenidas), siempre que se acredite que están directamente relacionados con los rendimientos obtenidos en España y que tienen un vínculo directo e indisociable con la actividad realizada en España.

A partir del 1 de enero de 2021, los no residentes fiscales en España que sean considerados residentes fiscales en Reino Unido, previsiblemente empezarán a tributar en el impuesto sobre la Renta de No Residentes como aquellos residentes fiscales en cualquier otro País que no sea un Estado miembro de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo. Así:

  • En relación con las rentas gravadas al tipo general de gravamen, dejará de ser aplicable el tipo de gravamen general del 19%, propio de los residentes de la Unión Europea y EEEE, y pasará a ser aplicable el 24%. Entre estas rentas pueden citarse: rendimientos de inmuebles, rendimientos del trabajo, renta imputadas de bienes inmuebles.
  • No se podrán deducir los gastos previstos en el artículo 24.6 TRIRNR.

Repercusiones Seguridad Social

En materia de Seguridad Social, la situación no variaría hasta 31 de diciembre de 2020. La empresa española no tendría que realizar ninguna actuación y el A1 seguiría siendo válido hasta dicha fecha.

Debemos estar atentos a las negociaciones que se produzcan en esta materia entre ambos bloques, UE y UK, o en su caso a la ausencia de acuerdo en este materia a final de año, lo que podría activar la vía de la negociación bilateral España / UK. Parecería que lo más razonable es que UK siguiera formando parte, aunque ya no como país de la UE, del Reglamento UE 883/2004, de similar forma que Suiza actualmente forma parte del mismo.

Repercusiones Migratorias

Desde una perspectiva migratoria, mientras dure el periodo transitorio (hasta 31 de Diciembre de 2020) no hay cambios significativos en el tratamiento dado a ciudadanos europeos en Reino Unido y podrán seguir desplazándose a Reino Unido por motivos laborales, no obstante cabe distinguir entre las siguientes situaciones:

  • Quienes ya lleven más de 5 años seguidos residiendo en Reino Unido podrán completar el EU settlement scheme, lo que a priori y si no hay cambios en los informe previos emitidos por el MAC (Migration Advisory Committee) supondrá la concesión de un permiso de residencia indefinido (que se perdería en el caso de ausentarse más de 5 años consecutivos del país)
  • Quienes aún no hayan alcanzado los 5 años de residencia, deberán completar el EU pre-settlement scheme, que equivaldría a un permiso temporal que a priori (de nuevo según los primeros informes emitidos por el MAC y sujeto a que no haya cambios significativos al respecto) podrá convertirse en indefinido una vez se alcancen los 5 años de residencia.

Por otra parte, para los ciudadanos de la UE o EEE que lleguen a UK antes del 31/12/2020 y que no tengan una intención de estadía superior a 5 años, una buena opción puede ser, en vez de pre-settlement, el European Temporary Leave to Remain scheme (Euro TLR):

    • Se podrá solicitar hasta el 31/12/2020
    • Permite trabajar y vivir en UK por 3 años
    • Aplica a hijos y cónyuges
    • Pasado los 3 años deberán solicitar la visa correspondiente

Una vez finalizado el periodo transitorio, se prevé que los ciudadanos europeos que no hayan completado uno de los procedimientos detallados en el punto anterior, estén sujetos a la nueva política migratoria similar a la aplicable actualmente a ciudadanos no europeos, y que según los mismos informes del MAC se basará en los siguientes tipos de permisos (se detallan a continuación los más relevantes):

  • Highly Skilled migration (actualmente TIER 1): para profesionales que acrediten un “exceptional talent”, se basará en un sistema por puntos en el cual habrá que alcanzar una puntuación mínima (basada en titulación académica, años de experiencia, salario…etc.) para poder obtener un permiso de trabajo y residencia en Reino Unido.
  • Skilled Route (Actualmente TIER 2): podrán optar también a este tipo de permiso los profesionales que cuenten con una oferta de trabajo de una empresa radicada en el Reino Unido, se basará en el cumplimiento de unos requisitos mínimos en cuanto a salario y requisitos del puesto de trabajo (pendientes de aprobación)
  • Temporary and low-skilled work: permisos de trabajo por 12 meses no prorrogables, sin necesidad de demostrar aptitudes o cualificaciones mínimas, aplicable solo a determinadas nacionalidades (se prevé que los países UE figuren dentro de esas nacionalidades)

En cuanto a la situación de británicos en España, esperamos contar con un procedimiento formal de canje migratorio durante este mes de febrero, aunque no tenemos certeza total sobre este plazo.

Iván Sáez Fuertes | Associate Partner en EY | PAS – People Advisory Services

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Carlos Mora, un gran profesional del servicio público

Lunes, 03 febrero 2020 por laura.martin

Carlos Mora Almudí, Consejero de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en los países Nórdicos y Bálticos, recibió un merecido homenaje por su trayectoria profesional en el ámbito de la movilidad internacional de personas el pasado 28 de enero en el IHR Meeting organizado por ABG Personas.

Miguel Ángel Vidal por su cercana relación profesional con Carlos que ha mantenido durante su etapa de Secretario General del FEEX, fue el encargado de entregarle este reconocimiento ante un gran número de personas del mundo de la movilidad internacional.

En palabras de Miguel Ángel:

“Carlos es un trabajador infatigable y su Curriculum está lleno de cursos y artículos realizados de todo tipo, por no mencionar su faceta de escritor de novelas de suspense, con tres libros ya publicados y creo que alguno más en proceso. Pero yo no quiero hacer en este acto, un resumen de sus muchos méritos sino hablar de la persona que yo he conocido y con la que, al cabo de muchos años de colaborar juntos, ha surgido una gran amistad.

Mi primer encuentro con Carlos fue en el año 2006, cuando era Director del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid en las oficinas de la calle Serrano 69 y desde el primer momento en que le conocí, me di cuenta de que era una persona con un trato muy amable y cercano, con mucho rigor técnico y gran agudeza mental. Carlos ya entonces, manifestaba una gran capacidad de escucha y comprensión de los problemas que se le planteaban, algo que pude comprobar en los años siguientes en los que colaboramos juntos.

No solo entendía rápidamente el problema planteado, sino que lo calificaba jurídicamente con la misma rapidez, ofreciéndote a continuación una sólida valoración, en sentido positivo o negativo, todo hay que decirlo… pero generalmente, acertada.

Sin lugar a dudas, Carlos es uno de los mayores expertos de España en materia de legislación migratoria, conocido y reconocido no solamente entre las firmas profesionales y los gestores de movilidad internacional, sino también en la Administración Pública donde su solvencia profesional ha transcendido la ideología de los diferentes Gobiernos en los que ha servido.

Pero, además Carlos es un gran jurista que ha puesto en práctica la afirmación sobre la Justicia que hacía Ulpiano, de la que decía “…Que es la constante y perpetúa voluntad de dar a cada uno lo que le corresponde”. Porque Carlos, consciente o inconscientemente, siempre se ha preguntado sobre la “idoneidad” de la norma en su aplicación. Desde la interpretación de un simple “criterio” administrativo, hasta su valiosa contribución en la redacción y aplicación de la ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que ha supuesto un antes y un después en la gestión de la movilidad internacional en España.

En mi opinión, lo más destacable de Carlos es que tiene un sentido real del servicio público, Carlos acerca la Administración al ciudadano y no a la inversa. Él pone lo mejor de su inteligencia, formación y experiencia (que tiene mucho de todo…), para encontrar soluciones eficaces a los problemas que se le plantean.

Desconozco como es Carlos en la intimidad (no hemos llegado a ese grado de confianza…), imagino que siendo aragonés debe ser todo un “carácter” pero estoy seguro de una cosa, Carlos, parafraseando al poeta Antonio Machado, es “…en el buen sentido de la palabra, un hombre bueno”.

Carlos, desde FEEX queremos darte la enhorabuena y nuestro agradecimiento por todo tu soporte.

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Eventos
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Brexit: El acuerdo de salida

Viernes, 10 enero 2020 por laura.martin

Ayer se aprobaba en Cámara Baja del Parlamento el acuerdo de salida de la Unión Europea el próximo 31 de enero (330 votos a favor versus 231 en contra), el reflejo de la victoria por mayoría de Boris Johnson, y ahora tendrá que pasar la aprobación de la Cámara Alta, se espera que la semana que viene. Lo que va a marcar los siguientes pasos en este sentido parece que es este actual desencuentro entre UK y Europa a la hora de afirmar si los 11 meses por delante a partir del 31 de este mes, ese período de transición, será suficiente para negociar un gran acuerdo comercial, en materia de Seguridad Social, y en muchos otros ámbitos, porque el Primer Ministro se niega en rotundo a considerar extensiones del período transitorio, mientras Europa ve imposible llegar a un acuerdo con tan estrecho margen. Iremos viendo… pero cuando nos vayamos acercando a la primavera tendremos más claro si Boris Johnson vuelve a la senda de someter a votación en el Parlamento británico la ampliación del período transitorio de hasta dos años adicionales previsto en el acuerdo con la UE.

Iván Sáez Fuertes | Associate Partner en EY | PAS – People Advisory Services

Actualidadasignaciones internacionalesBrexit
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Píldoras de movilidad internacional – Deloitte Legal

Miércoles, 08 enero 2020 por laura.martin

El equipo de GES (Global Employer Services) de Deloitte Legal, nos presenta una nueva iniciativa que consta publicaciones “píldoras de movilidad internacional” en las que tratan los temas de actualidad en relación con nuestros servicios integrados de asesoramiento fiscal, laboral, migratorio y de seguridad social.

 

Los temas tratados son:

  • Posted Workers Directive
  • 7p
  • Seguridad Social
  • Migratorio
  • Impuesto sobre la Renta: IRPF e IRNR
  • Otros Impuestos
  • Foral
  • Resumen Jurisprudencia y Doctrina
  • Tips Eventos GES
  • Alertas Internacionales

Para acceder al espacio pincha aquí.

asesoramiento fiscallaboratoriomovilidad internacionalSeguridad Social
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«Soluciones tecnológicas para el cumplimiento de la Normativa europea de movilidad de trabajadores (Posted Workers y Seguridad Social»

Martes, 24 diciembre 2019 por laura.martin

El pasado 17 de diciembre tuvo lugar la jornada “Soluciones tecnológicas para el cumplimiento de la Normativa europea de movilidad de trabajadores (Posted Workers y Seguridad Social” de la mano de EY, con la participación de profesionales del sector como Juan Grangel, Director de la Oficina nacional de lucha contra el fraude de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Jaime Sol, Socio Responsable de People Advisory daba la bienvenida al acto en el que se hablaría de la normativa de la aplicación la Normativa europea de movilidad de trabajadores.

Bárbara Pardo y Gonzalo Fernández, Socios de Global Mobility de People Advisory Services de Ey, trataron el tema de la gestión integral de la movilidad de los trabajadores, seguido de Juan Grangel, quién comentó los aspectos más significativos de la aplicación en España de la Normativa europea de movilidad de los trabajadores, como; la diversidad regulatoria de entre los Estados Miembros de la UE, las consecuencias del incumplimiento de la Normativa, los requisitos de Seguridad Social para los trabajadores desplazados o el análisis actual orientado al riesgo.

Las soluciones de People Advisory Services de Ey para el cumplimiento de la Normativa europea de movilidad de trabajadores: Demo Tecnología TRAC y una demostración de la aplicación tecnológica para el cumplimiento de esta normativa, vinieron de la mano de Juan Pablo Riesgo, Socio de People Advisory Services, Josefina Botero, Manager People Advisory Services y Sergio Lopez, Social Manager People Advisory Services.

A última hora de la tarde, se compartió un espacio de networking entre todos los asistentes.

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VII Edición Curso Superior de Movilidad Internacional de Personas

Miércoles, 18 diciembre 2019 por Ángeles González Vigil

La VII Edición del Curso Superior de Movilidad Internacional de Personas fué clausurada el pasado 16 de diciembre en la Universidad de Comillas.

El acto fué presidido por el Director del CID de la Facultad de Derecho de la UPC-ICADE, Federico de Montalvo, Francisco Javier Cea,Vicepresidente del FEEX y Miguel Angel Vidal, Director del Curso.

Contamos con la participación de Carlos Mora Almudí, Consejero de Trabajo en la Embajada de España en los Países Nórdicos y Bálticos quién compartió con todos los alumnos, profesores e invitados su experiencia práctica en la defensa y apoyo a los trabajadores españoles en el exterior.

Desde el FEEX queremos agradecer a todos los socios que han participado como profesores su aportación práctica y su dedicación durante este curso.

Felicitamos a todos los alumnos de esta promoción que pondrán en practica en las empresas en las que están desarrollando su labor profesional los aprendizajes adquiridos. Las empresas participantes han sido: Aleatica, S.A., INECO, CLH, Ferrovial, SantaFe Relo, Urbaser, CEPSA, Empresarios Agrupados y El Corte Inglés.

Seguimos avanzando en la profesionalización de la función del gestor de movilidad de personas.

#feexforma

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Boris Johnson gana con mayoría absoluta

Viernes, 13 diciembre 2019 por laura.martin

Boris Johnson gana con mayoría absoluta al superar los 326 escaños necesarios con creces y no se hacía esperar las reacciones victoriosas de los conservadores, lógica respuesta a estos resultados que son los mejores para el partido desde Thatcher y un claro mensaje sobre lo que el electorado en su mayoría quiere para el Reino Unido. Fracaso de Corbyn, cuyo plan sobre las nacionalizaciones y las subidas de impuestos no ha calado, y éxito de la tercera fuerza en el Parlamento, los nacionalistas escoceses, que obtienen 9 escaños más hasta los 46.

Imagino que ahora Boris Johnson, erguido e hinchado de alegría, debería de volver a bajar el tono e intentar entender que el Brexit duro que plantea, que incluye salida del mercado común y de la unión aduanera, necesite quizás de la extensión del período transitorio, que a día de hoy abarca hasta el 31 de diciembre de 2020, en 2 años, algo que tendrá que aprobar el Parlamento a mediados del año que viene. Porque se antoja complicado que la salida se pueda producir de aquí a un año y dadas las negociaciones que deben de fructificar con Europa, que es la otra parte de la negociación y que no será sencilla a la hora de doblegar. Sea lo que sea, lo que parece claro es que Boris solo puede suavizar posiciones, en la medida en que no depende ya de la parte más extrema de su grupo respecto al anti europeísmo, y en la medida en que solo así parece que se avanzará en el Brexit para que se haga efectivo. Y este Brexit suave que se espera es el que parece recibir tan bien el mercado.

En este sentido, se produce una reacción de la libra a los resultados electorales realmente importante, también a las palabras posteriores de Trump, que también se mete en esto, en las que predice un acuerdo comercial masivo entre US y UK después del Brexit.

Así pues, todo indica que Boris Jonhson aprobará en el Parlamento antes de final de año su Acuerdo con la UE, y que el Brexit se hará efectivo en el mes de enero, probablemente antes de la fecha límite del 31 de enero. Tras el Brexit se iniciará el período transitorio, que resumiéndolo mucho es como si todo siguiera igual que antes del Brexit, que abarca hasta el 31 Dic 2020, y que es probable que se extienda por un período adicional de hasta 2 años. Ese período transitorio será vital para la negociación UK/UE sobre las relaciones entre ambos bloques (en lo que nos atañe, sobre todo movimiento de personas y Seguridad Social) tras dicho período.

Iván Sáez Fuertes | Associate Partner en EY | PAS – People Advisory Services

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Nuestros retos. Asamblea 22 de noviembre

Jueves, 05 diciembre 2019 por laura.martin

El pasado 22 de noviembre se celebró la reunión de socios de la Asociación, en el Hotel Meliá de Serrano.

El comienzo de la jornada vino presidido por la Asamblea General de Socios, donde el Presidente, Antonio Naz agradeció la asistencia de los presentes y recalcó la importancia de la participación de los mismos.

Se realizó el proceso electoral según los estatutos para elegir la Junta Directiva 2020-2021, presentándose una única candidatura compuesta por; Presidente, Antonio Naz, Vicepresidente 1º Francisco Javier Cea, Vicepresidenta 2º María Teresa Rivero, siendo aprobada por unanimidad por los socios asistentes y representados.

El Presidente comunicó a los asistentes la incorporación de dos nuevos socios asesores, Santa Fe Relocation y EMS. Les damos la bienvenida a nuestra Comunidad FEEX que crece con su especialización en el entorno de la Movilidad Internacional actual. Es de destacar la incorporación de Ineco y Repsol al Comité Asesor, con la representación de Jorge Martín y Sofía Sánchez quienes aportarán su experiencia a las actividades asociativas.

Antonio Naz, quien comenzó hablando de “la importancia del pasado para echar una vista al futuro”, planteó a los asistentes explorar una estrategia internacional para el FEEX inicialmente dentro de la UE. El contacto en los últimos años con asociaciones europeas hace recapacitar sobre el momento concreto de actuación y creación de esta nueva asociación. “Poner la meta siempre un poco más alta” puntualizó la Secretaria General, Ángeles González-Vigil.

Una vez concluida la parte asociativa, se unieron los socios asesores e invitados institucionales para la presentación de las líneas principales del “Estudio de Movilidad Internacional 2019”, que actualmente está en proceso de análisis. Rafael Barrilero, Socio Director de Mercer, destacó varios puntos del estudio destacando que “los principales motivos por los que las empresas participantes en el estudio realizan asignaciones internacionales son, proporcionar conocimientos técnicos no disponibles (77%), cumplir con las necesidades de los proyectos (69%) y satisfacer las necesidades de un proyecto así como la gestión del talento/desarrollo del liderazgo (62%)”.

La mañana concluyó compartiendo un “Vino Español”. El Presidente del FEEX brindó por los objetivos alcanzados y los nuevos retos que tenemos por delante, así como el deseo de una Feliz Navidad para todos los que formamos parte de la Comunidad FEEX.

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