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Brexit…. y ahora qué

Martes, 26 marzo 2019 por Ángeles González Vigil

Se habla de un hecho histórico, la votación de ayer en el Parlamento británico. Prácticamente por primera vez en la historia, los diputados asumen el control de los asuntos que deben discutirse en la Cámara, en lugar del Gobierno.

La Cámara de los Comunes aprobó anoche, por 329 a 302 votos, una moción que dará mucho más poder al propio Parlamento a la hora de decidir el rumbo futuro del Brexit. La iniciativa, que había sido presentada por diputados de varios grupos políticos propone que el miércoles, 27 de marzo, los Comunes realizarán una serie de votaciones no vinculantes para comprobar cuál es la posición respecto al Brexit que tiene más apoyo entre los parlamentarios.

A ver si nos aclaramos porque la cosa está complicada…

  • 12 de abril, 22 de mayo, o extensión por hasta el período que dura la legislatura de la Eurocámara
  • Theresa May solita, con todo lo que tiene encima, o con ella fuera y el Parlamento tomando el control del proceso, como se vislumbraba anoche tras votación (329 a 302) que supone que, aun sin ser vinculante, mañana podremos ver nueva votación en el Parlamento con total control de los diputados y nuevas posibles propuestas entre las que el soft-Brexit gana peso como opción favorita para Westminster según los analistas, y la libra sube a estas horas después de corregir tras la notici
  • Nuevo referéndum, nuevas elecciones, Brexit más blando….o ruptura abrupta y lo antes posible, antes de que UK vote en las elecciones europeas;

…y más estadios que se barajan, sobre todo si ninguno de ellos tiene probabilidades nulas de ocurrencia, porque nadie cierra las puertas totalmente a cualquiera de los posibles sucesos. Y titulares, titulares y titulares…

  • MAY: DEFAULT OUTCOME IS STILL TO LEAVE EU WITH NO DEAL
  • BREXIT: UK PM MAY SAYS ALTERNATIVE IS TO PURSUE DIFFERENT FORM OF BREXIT OR A SECOND REFERENDUM
  • BREXIT: UK PM MAY SAYS WE CONTINUE TO PREPARE FOR A NO DEAL
  • MAY SAYS NOT ENOUGH MPS BACK HER DEAL
  • MAY REJECTS SECOND REFERENDUM PLAN
  • MAY LOSES CONTROL OF BREXIT PROCESS AS PARLIAMENT TAKES OVER

….

….

….así todo el día, y ya la libra no sabe ni lo que hacer, con lo que acaba moviéndose poco si vemos la apertura y el cierre, aunque con más bandazos si vemos lo que ocurre entre medias.

Es esta semana, una semana importante para dilucidar todo esto del Brexit, que empieza a ser una historia en la que no podríamos haber esperado estar metidos hace un tiempo….pero lo estamos y hasta el cuello. Aquí nadie se atreve a decir nada, porque muchos piensan, también, que no se aclaran sobre lo que quieren ni los protagonistas más cercanos a la historia.

 

Iván Sáez Fuertes | Executive Director | PAS – People Advisory Services

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No Brexit el 29 de marzo

Viernes, 22 marzo 2019 por Ángeles González Vigil

Jornada tensa la de ayer, ante un incremento en las posibilidades que se asignaban al escenario de “hard-Brexit” conforme avanzaba el día, basado en que estamos a justo 1 semana del deadline y la extensión que concede la UE, y que se ratificaba anoche, está condicionada a un voto de aceptación en el Parlamento Británico. Finalmente, los peores fantasmas se disiparon, al menos de momento, y Europa concede extensión hasta el 22 de mayo, antes de que se celebren las elecciones europeas, y siempre que consiga pasar el famoso trámite del Parlamento.

En caso de no conseguir este apoyo del Parlamento, el Gobierno británico, antes del 12 de abril, tiene que decidir si organiza elecciones para la Eurocámara y, en ese caso, deberá de desarrollar un plan respecto al Brexit ante los socios, que implicaría la concesión de una extensión larga (incluso hasta lo que dura la legislatura de la Eurocámara, 5 años), o decidir si sale definitivamente de la Unión. Pero antes de todo esto, May necesita el apoyo interno, y se abre la posibilidad de tener otro Summit Europeo de urgencia la semana que viene ante los acontecimientos, y sólo para tratar este tema del Brexit.

Macron afirmaba que, si May fallaba en el primer escollo, el del OK del Parlamento a lo acordado anoche tras horas de reuniones, guiaría a todos a pensar en un no-deal como posibilidad cierta, mientras Barnier decía que los 27 han hecho ya el mejor de sus esfuerzos. Y todo esto lo reflejaba la libra. Leía en un informe que, según algunas encuestas de analistas, se esperaría que la libra cayera más de un 8% si se diera el “no-deal”.

 

Iván Sáez Fuertes | Executive Director | PAS – People Advisory Services

Ernst & Young Abogados, S.L.

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Extensión… What else?

Jueves, 14 marzo 2019 por Ángeles González Vigil

Continuando con nuestro avance de ayer, os compartimos unos comentarios sobre la votación de ayer en el Parlamento Británico, y la situación actual del Brexit.

Muy ajustada la votación en la que el Parlamento británico rechazaba ayer un Brexit duro, sobre todo la votación en una de 2 las mociones que se presentaban, no la inicial de May, presentada por una parte del ala conservadora, y en la que sólo se planteaba la salida, sin más opción que el “no-deal”, sin posibilidades de formular nuevas vías. 4 votos de diferencia a favor del “NO” en esta votación (312 a 308). Y esto nos pone en situación mucho más compleja respecto al análisis de qué hubiera pasado si se decanta hacia el otro lado la votación (hacia el “SI”) mientras, en la otra enmienda, la original de May, en la que se proponía una salida no pactada como “opción por defecto” si no se encuentra otra fórmula para implementar la salida, salía como resultados, como así ha sido, el “NO” pero con algo más de apoyo, no más de 43 votos de diferencia en cualquier caso (321 a 278).

En cualquier caso, que el segundo paso de esta semana de votaciones en UK se salda de una manera menos holgada que la descontada, y que encaramos esta jornada de jueves en la que se sigue esperando que todos, UK y los 27 socios por unanimidad, estén de acuerdo con una extensión del deadline de salida de la EU, aquel 29 de marzo, pero donde ya entran en el modelo nuevas variables. Por un lado, la posición de la Unión Europea respecto a esto imaginamos que se hará más firme y dura, de hecho muchos piden que no se esté a favor de la extensión si no es a cambio de una hoja de ruta mucho más clara sobre el proceso, porque esto es un divorcio iniciado por una de las partes pero, en algún momento, tendrá la otra que decir cómo, cuándo y hasta dónde varían las condiciones relacionales que existían “como pareja”. Y, por otro lado y enlazando con este punto, el “cuándo” es muy importante también, porque, si la EU reclama una extensión más larga de la que la otra parte tiene en mente, nos metemos en las elecciones europeas, y eso obligaría a UK a participar en ellas, algo a lo que no quiere llegar Theresa May, lógicamente.

La libra repuntaba, lo hacía desde el entorno de 1.32 hasta el 1.335 con que cerraba el día, ahora en un punto intermedio. Esta reacción quizás se producía por salvarse ese escollo de posibilidad de Brexit no pactado, aunque lo justo de la votación tampoco deja contento ni convencido a ninguna de las partes, mucho menos deja fuerte a una posición, la de May, que ha pasado muchísimas situaciones complicadas en los últimos meses y que desde fuera ya empieza a despertar incluso empatía, por lo que debe de estar pasando en estas jornadas interminables y por el aguante que demuestra tener.

Iván Sáez Fuertes | Executive Director | PAS – People Advisory Services

Ernst & Young Abogados, S.L.

 

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Extensión o soft-Brexit?

Miércoles, 13 marzo 2019 por Ángeles González Vigil

En plena “campaña” de votaciones en el Parlamento británico, los mercados prefieren  tomárselo con calma, con muchísima calma, quizás porque descuentan que, tras haber rechazado ayer la propuesta a la que llegaban Juncker y May el lunes por la noche, la ruta de consecución de los resultados de las siguientes votaciones, hoy y mañana, traerá como resultado algo que no es ni lo peor (“no-deal”), ni lo mejor (“deal”). Acabaremos en extensión o en “soft-Brexit”, pero con poca esperanza de que derive en un entendimiento sencillo, ya lo decía el lunes Juncker que no se moverían de esa concesión de ausencia de frontera en Irlanda solo temporal.

El rechazo de ayer era, nuevamente, aplastante, por 391 parlamentarios en contra, por 242 a favor, con lo que los cambios implantados en el nuevo acuerdo con la UE sólo conseguían corregir la diferencia que se daba en la votación de enero desde 230 votos hasta 149. Lejos de ser suficiente. Pero es que los rechazos de ayer no eran solo por parte de aquellos que quieren una salida brusca, y que siguen viendo en los nuevos términos del acuerdo un riesgo legal de que UK no tenga una vía para salir de la unión aduanera de forma unilateral en el futuro, sino también de aquellos que quieren un nuevo referéndum como escenario preferido, como los pro-europeístas del Partido Laborista.

Esto, por mucho que pudiera estar descontado, provocaba ayer una caída de la libra desde 1.325 hasta casi el 1.30, moviéndose ahora en un punto intermedio entre ambos valores y a la espera de nuevos acontecimientos. En este sentido, hoy tendremos seguramente un voto en contra de aplicar la salida brusca y, mañana, un voto a favor de negociar la extensión con la UE, una extensión por 3 meses y que tiene que ser autorizada por los 27 países de la Unión. Pero esto no soluciona los problemas, sobre todo si ya ha insistido Juncker y Barnier estos últimos días sobre la negativa a seguir negociando si no había acuerdo y, por ende, la no necesidad de un período de transición. Referéndum o coalición de parlamentarios pro-europeos que buscaran un “soft-Brexit” como mejor solución, dimisión de Theresa May, parecen las opciones más barajadas ahora mismo. Aunque a cualquiera de ellas parece que solo se llegará a través de ganar tiempo consiguiendo la esperada extensión mañana.

Iván Sáez Fuertes | Executive Director | PAS – People Advisory Services

Ernst & Young Abogados, S.L.

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BOE:Real Decreto Ley 5/2019 para hacer frente a las consecuencias de la retirada de Reino Unido de la Unión Europea sin acuerdo

Lunes, 04 marzo 2019 por Ángeles González Vigil

Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 5/2019, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.

Son de destacar los capítulos II y IV por el impacto que tienen en las personas desde un punto de vista migratorio, laboral y de Seguridad Social:

  • Capítulo II: Ciudadanía.
    • Sección 1.ª Residencia y trabajo de los nacionales del Reino Unido residentes en España y de los miembros de su familia.
    • Sección 2: Trabajadores fronterizos.
    • Sección 4: Relaciones laborales (Posting Directive).
    • Sección 5: Seguridad Social.
    • Sección 6: Asistencia sanitaria.
  • Capítulo IV. Artículo 22: Permisos de conducción.

La disposición adicional cuarta regula las solicitudes de homologación y declaración de equivalencia de títulos procedentes de Universidades, Centros e Instituciones del Reino Unido, para las que no se exigirá la apostilla del Convenio de la Haya cuando hubieran sido presentadas ante las autoridades españolas con anterioridad a la retirada efectiva del Reino Unido.

Respecto a la entrada en vigor es interesante destacar que, la disposición final sexta establece como momento de entrada en vigor del Real Decreto-Ley el día en que los Tratados de la Unión Europea dejen de aplicarse al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Tratado de la Unión Europea, cubriendo el vacío normativo que se produciría en esa circunstancia. No obstante lo anterior, el real decreto-ley no entrará en vigor en caso de que, previamente a dicha fecha, haya entrado en vigor un acuerdo de retirada formalizado entre la Unión Europea y el Reino Unido, de conformidad con el artículo 50.2 del Tratado de la Unión Europea.

En todo caso, una vez entrado en vigor, todas las medidas que lo indiquen perderán efecto si en el plazo de dos meses el Reino Unido no concede un tratamiento recíproco a las personas físicas o jurídicas de nacionalidad española en cada uno de los ámbitos afectados.

Se prevé desarrollo reglamentario posterior de todas estas medidas.

Para más información: Real Decreto-Ley 5/2019, de 1 de marzo

www.lamoncloa.gob.es

Fuente:  EY Abogados, S.L

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El Brexit y la Movilidad Internacional de trabajadores

Miércoles, 27 febrero 2019 por Ángeles González Vigil

El pasado 21 de febrero FEEX y KPMG celebraron una jornada sobre El Brexit y la Movilidad Internacional de trabajadores en la Cámara de Comercio de España.

Contamos con la intervención de D. Juan Duarte Cuadrado, Director General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, D. Tim Hemmings, Ministro Consejero de la Embajada Británica en España y D. Gerardo de Felipe Nieto, Director de Movilidad Internacional de Banco Santander.

La pregunta sobre la que pivotó el discurso de los invitados fué ¿Qué puede pasar a partir del 30 de marzo con el desplazamiento de trabajadores entre Reino Unido y la Unión Europea?

Pudimos entender  el análisis que desde la perspectiva española y británica nos expusieron ante la situación actual, en la que aún nos encontramos con incertidumbre, así como las perspectivas de las negociaciones para la salida del Reino Unido de la Unión Europea.

D. Juan Duarte comentó que todos los ciudadanos españoles residentes en UK tienen a su disposición una Ventanilla única en la embajada en Londres para darles soporte en los trámites de registro necesarios (Seattlement Scheme). Según sus palabras «la ruptura del régimen de movilidad de UK con la UE implica que ya no habrá la misma agilidad en el desplazamiento de trabajadores, las condiciones posibles nunca podrán ser como las actuales». Ante cualquier duda se puede consultar en: emb.brexit.londres@maec.es

D. Tim Hemmings  comentó que se mantendrán los mismos derechos para  los ciudadanos de la UE residentes en UK hasta 2021 cumpliendo con la normativa  establecida de registro, año en el que se implantará el nuevo sistema de inmigración británico.

La importancia de prepararse ante los distintos escenarios  posibles y  las medidas a implementar por las empresas ante  todas las cuestiones migratorias, fiscales y de seguridad social que afectan al desplazamiento de empleados, fué el enfoque que Gerardo de Felipe de Banco de Santander, compartió con los asistentes, el cuál resulto muy interesante e instructivo. Destacó la importancia de la continuidad del negocio y la seguridad de los profesionales como ejes prioritarios de su plan de contingencia en un escenario de «no deal», apoyado en una comunicación con los empleados que potencie el movimiento de los profesionales.

Para  conlcuir la jornada KPMG compartió con los asistentes el impacto que tendrá en los aspectos migratorios, fiscales y de seguridad social, el cuál compartimos con vosotros a continuación.

BREXIT Cuestiones migratorias fiscales y de seguridad socia…

Nuestro agradecimiento a Cámara de Comercio de España por ofrecernos su sede para la celebración de esta jornada, con la que compartimos intereses comunes en diferentes ámbitos.

Brexit 3 Brexit 1

 

 

ActualidadBrexitMovilidad de trabajadores
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Viajeros frecuentes: ¿Una «nueva» forma de movilidad»?

Martes, 19 febrero 2019 por Ángeles González Vigil

El pasado 13 de febrero se realizó un taller de trabajo para tratar el interesante tema de los «Viajeros frecuentes».

A primera vista podríamos decir que los viajeros frecuentes siempre han estado ahí, con mayor o menor visibilidad, pero siempre formando parte del colectivo de trabajadores en movilidad internacional de las compañías. Siendo esto así, ¿Por qué en los últimos tiempos se habla tanto de los viajeros frecuentes? ¿Son acaso una nueva modalidad de expatriados de reciente creación?

En esta sesión de trabajo organizada conjuntamente con KPMG queremos poner el foco en este colectivo para conocer de primera mano cuales son las principales cuestiones a tener en cuenta, en que riesgos se puede incurrir con este tipo de desplazamientos, porque se deberían tomar medidas al respecto y que están haciendo otros países como puede ser el Reino Unido o Noruega para “controlar” a estos trabajadores.

Agradecemos desde el FEEX a Gonzalo Álvarez-Yuste y Daniel Enríquez del Dpto. de GMS (Global Mobility Services) de KPMG su intervención, quienes buscaron dar un enfoque práctico a la materia aportando soluciones a las diferentes cuestiones que se puedan ir planteando.

Gracias a todos los participantes por sus aportaciones y compartir  dentro de la Comunidad FEEX sus problemáticas y experiencias.

Para más información sobre el taller y conclusiones pincha aquí : Viajeros Frecuentes. FEEX-KPMG 13.02.19

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Seguridad Social: Convenio Especial para desplazados al exterior. Por Miguel Angel Vidal

Miércoles, 23 enero 2019 por Ángeles González Vigil

“La importancia de crear un Convenio Especial de Seguridad Social para los españoles desplazados al exterior”

En un mundo globalizado, la movilidad internacional forma parte de las posibilidades que tienen las personas y los negocios de buscar oportunidades en otros países para progresar y desarrollarse.
Hay españoles que se desplazan al extranjero para encontrar un trabajo, o para desarrollar un negocio o bien se desplazan por cuenta de una empresa para desempeñar un puesto de trabajo en otro país. Cualquiera de estas situaciones genera a su vez un diferente grado de protección en materia de seguridad social, con diferentes niveles de cobertura en las prestaciones de asistencia sanitaria, desempleo, invalidez o jubilación, por mencionar las más importantes. De todas ellas la más problemática sin duda, es la que se produce con el desplazamiento por cuenta de una empresa para desempeñar un puesto de trabajo en el extranjero. Las otras dos pueden ser igualmente problemáticos, pero a diferencia de la anterior no vienen de una relación laboral preexistente, sino que al ser nuevas son de adscripción obligatoria al régimen de seguridad social del país extranjero donde se realice la actividad laboral o empresarial.

Para leer el artículo completo pincha aquí

 

Miguel Ángel Vidal Domínguez
Miembro honorífico del Consejo Asesor
Asociación Española de Movilidad Internacional FEEX

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Nota Informativa Brexit

Viernes, 18 enero 2019 por Ángeles González Vigil

Ante la posibilidad de que se produzca un Brexit sin acuerdo (al que se conoce comúnmente como “duro”), el Consejo de Ministros presentó el pasado viernes 11 de enero el “Informe sobre la planificación de contingencia para la salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE) sin acuerdo.”

Este Plan contiene tres tipos de medidas:

  1. Medidas legislativas: concretadas en un Proyecto de Real Decreto-ley, cuya adopción se prevé para febrero, que modifica algunos aspectos normativos y prevé la adopción por vía reglamentaria de medidas adicionales.
  2. Medidas logísticas dirigidas a la dotación de medios personales y materiales para afrontar una situación de salida sin acuerdo.
  3. Una labor de comunicación a los ciudadanos cuya pieza central es una página web en el servidor de Presidencia del Gobierno que informa de manera directa sobre lo que deben hacer los ciudadanos y empresas para preparase ante los diferentes escenarios.

Uno de los principales aspectos contemplados por las medidas de contingencia será:

“Derechos de los ciudadanos: La salida del Reino Unido implicará el fin de la libre circulación y trabajo de los ciudadanos españoles en el Reino Unido y británicos en España. La voluntad del Gobierno es la de preservar globalmente sus derechos por considerar que tomaron sus decisiones vitales creyendo en el proyecto europeo. Para ello se habilitará un sistema por el que los ciudadanos británicos en España pasan, de ser ciudadanos de la UE, a ser residentes legales en nuestro país, y se adoptan las medidas necesarias para garantizar a españoles y británicos derechos, seguridad social, asistencia sanitaria, reconocimiento de títulos y cualificaciones profesionales, entre otros”.

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Operativo en 2021 – ETIAS

Jueves, 10 enero 2019 por Ángeles González Vigil

El Consejo Europeo adoptó un reglamento que establecía un sistema europeo de información y autorización de viajes (ETIAS, por sus siglas en inglés) el 5 de septiembre de 2018.

Según este sistema, los ciudadanos de terceros países exentos de obtención de visado para acceder a países Schengen, deberán solicitar una autorización de viaje a través del ETIAS antes de viajar a la Unión Europea (UE), que tendría un coste aproximado de 7 EUR solicitud. La autorización sería válida durante tres años. Se estima que el sistema ETIAS esté operativo en enero de 2021.

¿Por qué es importante?

En la actualidad, más de 30 millones de personas acceden cada año al territorio de la UE sin necesidad de obtener previamente un visado. El sistema ETIAS de la UE establece que dichas personas soliciten autorización y pagar por ella con antelación. Antes del embarque, las compañías aéreas y navieras deberán verificar si los ciudadanos de terceros países cumplen el requisito de registro europeo y cuentan con la autorización pertinente. Si no dispone de autorización, se denegará el embarque al viajero.

Pese a que se prevé que la mayoría de las solicitudes se procesen en el plazo de cuatro días sin necesidad de más indagaciones, la introducción de este sistema de registro afectará significativamente a las personas exentas de obtención de visado que viajen a la UE. Actualmente hay 61 países no pertenecientes a la UE, pero libres o exentos de visado.

 

Detalle de los cambios introducidos

La implantación del ETIAS viene motivada principalmente por el incremento de los riesgos derivados del creciente número de viajeros de todo el mundo en la UE y la mejora en la gestión de las fronteras de la Unión.

El ETIAS incluirá una solicitud por vía electrónica que requerirá la comunicación de datos personales, como información sobre formación y experiencia laboral, documentos de viaje oficiales (por ejemplo, pasaporte), primer país de la UE que se tiene previsto visitar, preguntas sobre antecedentes penales, presencia en zonas de conflicto, etc. Tras presentar la solicitud, las personas con edades comprendidas entre 18 y 70 años deberán abonar una tasa aproximada de 7 EUR.

A continuación, la solicitud será cotejada con varias bases de datos, como por ejemplo la EUROPOL. Si hay alguna coincidencia en alguna de ellas, la solicitud se gestionará manualmente y se comunicará al solicitante la aprobación o denegación. La aprobación será válida durante tres años o hasta la expiración del documento de viaje, si este tiene una vigencia inferior a tres años.

Por último, es importante reseñar que la autorización de viaje aprobada de conformidad con el sistema ETIAS no garantiza totalmente la entrada en la UE, ya que las autoridades fronterizas tendrán potestad final, con arreglo a las normas establecidas para la entrada de ciudadanos de terceros países en la UE.

 

Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) operativo en 2021

En las fronteras terrestres, la solicitud conforme al ETIAS puede presentarse en los mostradores que se crearán a dicho efecto. La solicitud conforme al ETIAS puede ser revocada por un país miembro en caso de que:

  • hayan dejado de cumplirse las condiciones para la autorización;
  • se comunique el robo o la pérdida del documento de viaje; o
  • se considere que la aprobación se ha obtenido fraudulentamente.

 

Nota de KPMG

Estas normas serán de aplicación a los países que sean Estados miembros de la UE cuando el sistema entre en vigor en enero de 2021. Esto significa que el estado de una futura participación del Reino Unido en el ETIAS y la aplicación de las normas a los ciudadanos británicos no están claros en este momento. Dado que aún no se ha alcanzado un acuerdo sobre el Brexit, parece bastante probable que los ciudadanos británicos que viajen a la UE a partir de enero de 2021 deberán solicitar una autorización de viaje conforme al ETIAS.

Esta circunstancia deberá ser comprobada en su momento por aquellos ciudadanos del Reino Unido que tengan planes de viajar a la UE, así como los responsables de movilidad global de las empresas y proveedores de servicios.

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Marzo 2021

#ComunidadFEEX

4 marzo, 202110:00

Hasenkamp te invita a participar en el webinar “Teletrabajo y talento global: Todo lo que debes saber para atraer y contratar empleados internacionales en España” que tendrá lugar el próximo 4 de marzo, a las 10:00 horas.

Más
Hasenkamp te invita a participar en el webinar “Teletrabajo y talento global: Todo lo que debes saber para atraer y contratar empleados internacionales en España” que tendrá lugar el próximo 4 de marzo, a las 10:00 horas.

El teletrabajo ha creado una nueva forma de atraer y desarrollar el talento. Dentro de las principales ventajas que tiene España y sus ciudades para convertirse en epicentro de esta tendencia, son la calidad de vida y los bajos costes salariales respecto a otros países; en este contexto el gobierno aprobará en breve la llamada “Ley de Startups”, que facilitará la tramitación administrativa, ayudará a traer y retener talento necesario e incluirá ventajas fiscales y de inversión.

Durante la sesión se analizarán las regulaciones de la Ley del Teletrabajo en España y cuáles son los aspectos a tener en cuenta para adquirir al mejor talento y realizar con éxito una contratación de empleados internacionales desde el cumplimiento de las obligaciones en materia de inmigración, laboral, seguridad social y fiscalidad internacional.

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4 marzo, 202116:00

International SOS, en colaboración con el FEEX te invita a participar en una sesión en la que sus expertos médicos compartirán información y recomendaciones que buscan responder a las siguientes preguntas:


    &...

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International SOS, en colaboración con el FEEX te invita a participar en una sesión en la que sus expertos médicos compartirán información y recomendaciones que buscan responder a las siguientes preguntas:


  • ¿Cuáles son los avances en la vacunación, sobre todo en Europa e Hispanoamérica?

  • ¿Cómo definir una política de empresa sobre la vacunación contra la COVID-19?

  • ¿Puedo lanzar iniciativas de vacunación a mis empleados y permitirá esto la vuelta a la normalidad?


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